Articulos sobre: Manuel Omar Tafur Márquez
Desde sus orígenes, la democracia ha sido considerada como una forma de gobierno caracteriza por el respeto a los derechos humanos y a las libertades; por lo que, su ejercicio es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos. Es por ello que el papel del Estado debe estar orientado al fortalecimiento de la democracia.
Desde su incorporación en nuestro Código Civil vigente (1984) el llamado “daño a la persona” ha originado discusiones en cuanto a su definición, alcances y aún en su propia inclusión dentro de este cuerpo normativo; las mismas que van desde su desnaturalización – diferenciando como lo hacen ciertos autores y alguna jurisprudencia al daño evento, del daño consecuencia, refiriéndose éste último a los efectos o repercusiones de la lesión, los mismos que pueden ser tanto personales como extrapersonales o patrimoniales- hasta su carácter genérico frente al daño moral ,también consagrado por nuestro ordenamiento jurídico.
Como hiciéramos referencia en su oportunidad, el daño a la persona, mas allá de cualquier cuestionamiento de orden meramente conceptual, es actualmente considerado y regulado por nuestro ordenamiento jurídico civil como un tipo de daño susceptible de reparación, cuya protección abarca un amplio e importante espectro y cuya finalidad primordial es la protección de la persona humana – lógicamente incluyendo al concebido – como un todo conformado por su parte psíquica (daño moral) y somática.
Los daños ocasionados al medio ambiente constituyen un serio problema que afecta al mundo entero. A lo largo de la historia, es recién en el año 1970 donde la preocupación por mitigar y reparar el daño ambiental se constituyó en uno de los temas prioritarios a ser tratados tanto por entes públicos y privados puesto que, su urgente tratamiento ha sido y es en la actualidad, indispensable no sólo para lograr el equilibrio ecológico; sino también, fundamentalmente para el desarrollo y conservación de la especie humana.
EL Ministerio Público es el organismo constitucional autónomo creado por la Constitución Política del Perú en el año 1979, con la misión fundamental de defender la legalidad y los Derechos Humanos.
El Ministerio Público está al servicio de la sociedad y de la administración de justicia, defiende la legalidad, los intereses públicos, la independencia de los órganos jurisdiccionales y la recta administración de justicia, fortaleciendo el Estado democrático, social y de derecho.
Se conoce que la necesidad de vivienda para muchas personas, es cubierta utilizando la figura jurídica del arrendamiento, debido a que ésta permite tener el uso de un bien por un tiempo determinado , y además genera un ingreso para el propietario, que proviene del pago de la renta. Asimismo puede darse la posibilidad que paralelamente coexista otro contrato accesorio a éste, nos referimos al contrato de subarrendamiento donde se puede subarrendar total o parcialmente el bien, pero con “asentimiento escrito del arrendador”.

