Seguro Ambiental Obligatorio para las Empresas Mineras en el Perú
por Manuel Omar Tafur Márquez,
1.- El Estado de la Cuestión: “contaminar para vivir” y “vivir para contaminar”
Los daños ocasionados al medio ambiente constituyen un serio problema que afecta al mundo entero. A lo largo de la historia, es recién en el año 1970 donde la preocupación por mitigar y reparar el daño ambiental se constituyó en uno de los temas prioritarios a ser tratados tanto por entes públicos y privados[1] puesto que, su urgente tratamiento ha sido y es en la actualidad, indispensable no sólo para lograr el equilibrio ecológico; sino también, fundamentalmente para el desarrollo y conservación de la especie humana.
El Derecho no puede ser ajeno a esta realidad, debe plantearse la protección no sólo de los elementos del ambiente considerados de manera aislada, sino sobre todo, se debe velar por la conservación de la interacción equilibrada y armónica de sus componentes con la finalidad de preservar por esta vía la vida y el desarrollo económico sostenido en el planeta.
A lo largo de toda la historia de la república peruana, el desarrollo se ha enfocado desde la perspectiva de la promoción de actividades económicamente atractivas en el corto plazo como la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca con fines industriales. Sin embargo, estas actividades en muchos casos no han respondido a la realidad ecológica del país[2].
El Perú es un país ecológicamente complejo; cuenta en su territorio con el 80 % de las zonas de vida del mundo, lo que determina la existencia de una de las diversidades biológicas más altas del planeta[3]. Por ello, muestro país se encuentra considerado en una situación privilegiada entre los diez países megadiversos del planeta como China, India, Brasil, Ecuador, Colombia y México, los mismos que coinciden con los trópicos y varios de ellos son centros de alta cultura mundial[4]. Sin embargo no todo es felicidad, tenemos el triste record de poseer la mayor contaminación de ríos, lagos, lagunas y el mar; los cuales han servido desde hace varios lustros, como el depósito final de las evacuaciones domésticas, industriales, mineras y petroleras[5].
En la actividad minera generalmente la eliminación de líquidos provenientes de procesos químicos para la obtención de minerales, contienen residuos químicos y excesos de minerales no recuperados que afectan la calidad físico-química de las aguas, impidiendo el desarrollo de la vida acuática.
Los grandes índices de contaminación ocasionados por el desarrollo de esta actividad en todo el territorio peruano, realidad que paradójicamente preocupa más a foráneos, quienes están concientes del gran valor de los recursos naturales para la vida del planeta en su conjunto, mas que a la mayor parte de nuestros compatriotas, muchas veces directa o indirectamente afectados, ignoran o pretenden ignorar dicha realidad.
¿Por qué tenemos que conservar si lo que queremos es construir un mundo nuevo?[6] Mal que bien la gente comienza a comprender que si se le demuestra que algo causa daño al ambiente, es decir, si existe un riesgo real para la vida humana por lo que se deben adoptar algunas medidas ya que ese daño a la naturaleza, es un daño que trasciende a las personas mismas. Por ello, es necesario crear conciencia de vivir en un medio ambiente urbano limpio y saludable. Este es el paradigma que conciben actualmente los sistemas jurídicos desarrollados como por ejemplo los europeos. El propósito es bueno pero la misión no es nada sencilla, cuánto cuesta desenmascarar a un criminal para evitar que continúe haciendo daño, cuán difícil es acusar al verdadero culpable del “daño”, cuando a pesar de haberlo identificado muchos de nuestros compatriotas en su condición de representantes de la colectividad, a quienes también afecta “el inadecuado desarrollo de esta actividad explotadora” – aunque pretendan negarlo – olvidan su papel fiscalizador y protector de la sociedad contra aquellas conductas que lesionan los intereses de la ciudadanía en general para convertirse en fieles abogados – porque abogan por los intereses de los perjudicantes - defensores de estos “criminales ambientales” .
Los bosques están muy lejos, no forman parte de nuestras vivencias cotidianas, decimos; al menos los que habitamos la región costera de nuestro país y donde para nadie es extraño, se centraliza geográficamente el gobierno, por tanto ¿por qué nos vamos a dar el trabajo de preocuparnos de ellos? Pues bien, la otra cara de la moneda, la cara de la modernidad traería a colación la siguiente premisa: “el bosque hay que ponerlo a producir para beneficio de toda la colectividad, hay que transformar la selva en un entorno civilizado y rentable pues ¿qué tiene de importante conservar la vida silvestre, las mariposas de colores serán muy bonitas pero su desaparición no hace daño a nadie; por el contrario, la instalación de un pozo de petróleo, que acabará con ellas, dará trabajo a muchas personas y mejorará la economía del país”. Este pensamiento resume la idea de que la conservación de la naturaleza es un idealismo de ricos que no tiene cabida en un país subdesarrollado como el nuestro, la cual considero una enorme falacia.
Sin embargo, es vital comprender que la ecología así como la conservación de las especies naturales y el cuidado de parques nacionales no es una preocupación romántica por la naturaleza; sino que, responde a una concepción sistemática del mundo por lo que todo esfuerzo de conservación de la naturaleza es, en el fondo, un esfuerzo de conservación de! hombre mismo[7].
La ecología nos muestra que vivimos de manera dependiente y que, aún en los actos que parecen más individuales hay una perspectiva sistémica insoslayable. El mundo, se decía, está destinado a desaparecer conforme aumenta su actividad y los recursos de la naturaleza se gastan y tienen un límite. Por otra parte, la tecnología aumenta los riesgos de grandes desequilibrios como el peligro atómico o el efecto invernadero, o el “agujero blanco” de la capa de ozono.
La potencialidad del ser humano para transformar su entorno es tan extraordinaria que no sólo se aprovechan los minerales ocultos en las profundidades de la tierra y se crean nuevas variedades de plantas para los fines humanos, sino que incluso la mayor parte de los animales con los que convivimos, esos que llamamos domésticos, los que no existían en los primeros tiempos de la tierra, no son “puramente naturales” sino el resultado de una interacción entre el hombre y la naturaleza: las vacas, el perro, el gato, las aves de corral, son todos artificiales, por así decirlo. Son especies domesticadas por el hombre a través de una solución motivada en los intereses de la humanidad. El propio ser humano tal como lo conocemos hoy es también el resultado de la acción de la especie humana. Los hombres se han ido modelando así mismos, irguiéndose hasta caminar en dos patas desarrollando su contextura física, ampliando sus posibilidades mentales y, en general, transformándose a través de sus actividades de la alimentación, de la educación, y de un sin número de otros procesos evolutivos. Pero así como el hombre ha hecho maravillas en la naturaleza y en sí mismo, también ha generado errores: ha creado ciudades con un aire irrespirable, ha contaminado los ríos y los lagos, ha causado agujeros en la capa de ozono, ha calentado el clima de la tierra por una combustión de proporciones acelerada en los últimos cien años.
Por ello, el cuidado del medio ambiente ya no es tanto una moda ni mucho menos una estrategia de marketing es una necesidad, una preocupación ya no sólo de índole pública o colectiva; sino también, privada e individual, porque los efectos nocivos de la contaminación repercuten en cada uno de nosotros y porque cada uno de nosotros tenemos una cuota de responsabilidad no directa (como sí la tienen los agentes contaminantes), sino omisiva porque creemos escapar o no estar involucrados en este realidad. Por consiguiente, es probable que el mundo no esté condenado a desaparecer entrópicamente, ni tampoco a desarrollar mecánicamente de manera infinita. Lo que pase con el mundo dependerá en buena parte del hombre mismo, de su sentido de responsabilidad, del conocimiento que tenga del funcionamiento del universo como un sistema en el que todas las partes cuentan, y de la voluntad que se ponga en llevar adelante las mejores opciones para el sistema y no simplemente aquellas orientadas a la realización de los intereses individuales inmediatos.
A propósito de la modernidad, si bien es cierto la mayoría de los problemas ambientales han devenido del propio desarrollo y crecimiento de las sociedades, pues con la creación de las grandes máquinas a vapor ya se contaminaba el medio ambiente así como se hizo también con la manipulación y uso de material radioactivo para fines bélicos utilizado durante las cinco últimas décadas. Por tanto, la modernidad descubrió la libertad, el poder individual, la capacidad creativa y el desarrollo tecnológico. Sin embargo, como bien señala Fernando de Trazegnies, la solución a los males ecológicos de nuestro tiempo no es abandonar la vida de la modernidad, sino profundizarla. La modernidad, agrega el autor, ha sido un paso necesario y beneficioso en la historia de la humanidad; por lo que ahora tenemos que dar el segundo paso sin perder los beneficios ni la dirección impuesta por el primero.
2.- Preservar: lujo de los ricos, o necesidad de los pobres
Aunque para algunos el preocuparse por la naturaleza es cuestión de países desarrollados y por el contrario, los países en desarrollo no pueden darse el lujo de vivir con exquisiteces ecológicas, sino que, tenemos que preocuparnos primero por crecer y luego preocuparnos recién por gozar de estos lujos. Surge al respecto la siguiente pregunta: ¿el vivir en un ambiente saludable y luchar por preservar el mismo es un lujo o es un costo necesario para el tan anhelado desarrollo y, consecuentemente para la preservación de la especie humana?
El problema no está en la modernización, sino en la caricatura de modernización que hemos aplicado habitualmente: hemos propugnado un desarrollo «chicha», no un desarrollo auténticamente moderno[8]. Felizmente las cosas están cambiando mucho en nuestro país, pero ha habido un cierto «empresariado chicha» que sólo quería un desarrollo salvaje sin ninguna consideración ecológica: el resultado es el desorden y una desarticulación de los ecosistemas, tal como vemos frecuentemente en los países en desarrollo como el nuestro. En ese desarrollo desordenado no está mal el hecho que cada uno trate de maximizar su interés individual, sino que, en esa búsqueda de los intereses individuales, las actividades se lleven a cabo casi sin reglas de juego; y que las pocas que existen no se pongan en práctica y nadie crea que es importante hacerlas cumplir.
Evidentemente, un desarrollo sostenible sólo será viable si se suma, de un lado una acción muy vigorosa y, de otro, una toma de conciencia que debe realizarse a todo nivel en nuestro país entre las personas que habitan las áreas protegidas y entre los que vivimos fuera de ellas; entre los políticos y entre los hombres de la calle; entre quienes aprovechan artesanalmente de nuestra naturaleza y también entre las grandes empresas que aportan una técnica muy sofisticada, aunque a veces, bajo la careta de un éxito inmediatista, esa técnica parece tener más eficiencia para la desestabilización y la destrucción que para la armonización y la generación de recursos auténticos, es decir, recursos que no impliquen una anulación de sus propias posibilidades de producción futura.
3.- El que contamina: ¿realmente paga?
Es necesario partir de dos premisas fundamentales. La primera, “un adecuado uso de los recursos” y, la segunda: “una empresa con una buena gestión no contamina el ambiente”. De no cumplirse estos postulados y de existir contaminación, la incógnita a despejar es la siguiente: ¿Quién debe pagar por los daños al medio ambiente?
Dentro del contexto nacional, no puede pasar desapercibido lo ocurrido el 02 de junio del 2000 en Choropampa: el mayor derrame de mercurio inorgánico ocurrido en el mundo. Este hecho afectó a más de mil familias hasta hoy abandonadas y con problemas de salud por intoxicación provenientes de la explotación minera realizada por la empresa YANACOCHA, la misma que opera desde 1993 en el distrito de La Encañada, Cajamarca-Perú. Esta minera es la primera productora de oro en Latinoamérica y la segunda en el mundo, sin embargo, Cajamarca ha pasado del cuarto al segundo lugar en el Mapa de la Pobreza del Perú.[9].
Una de las consecuencias de dicho derrame de mercurio es la contaminación de las aguas lo que trajo consigo la muerte de truchas en Porcón, Puruay, cuenca del río Llaucano y Jequetepeque, Bambamarca. Al respecto, análisis especializados de la Dirección de Medio Ambiente del Ministerio de Pesquería, de la empresa prestadora de servicios de saneamiento de Cajamarca (SEDACAJ) y el Centro Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente (CEPIS), demostraron la presencia de aluminio, arsénico, hierro, zinc, en las aguas del río Grande y Porcón, así como en truchas muertas analizadas[10].
Por otro lado, de 1996 al 2000 los sobrecostos para el tratamiento de agua potable por problemas de contaminación ascienden a $. 96,474.45 (dólares americanos) por tanto, la minera contamina y los sobrecostos van al recibo de agua de la ciudadanía.
Steve Blodgett, experto norteamericano integrante del Center for Science in Publica Participation, realizó inspección a una parte de Yanacocha (16-22 julio 2002), invitado por Project Undeground y concluyó lo siguiente:
1,- Descarga de ácidos provenientes de la mina fluyen descontroladamente hacia la cuenca Cushuro (parte baja de canchas de lixiviación con cianuro en La Quinua).
2.- Indicios de estos ácidos en los drenajes del río Porcón y río Grande.
3.- Ganado afectado por beber agua contaminada.
Yanacocha es sólo una de las numerosas mineras que operan en el Perú y para muestra basta un botón reza el conocido refrán. Los problemas que se han desencadenado hasta la fecha son alarmantes, la contaminación del agua es uno de ellos, pero qué hay del suelo, del aire y de los demás recursos naturales. ¿Acaso ha de sobreponerse el carácter lucrativo y la agresiva actividad extractora de los recursos naturales sobre la preservación del medio ambiente so pretexto de mejorar nuestros índices económicos? ¿Cuál es el punto medio al que debe llegarse para conciliar el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado con el derecho de libertad de empresa, o debemos pensar que ambos derechos son excluyentes? Definitivamente no, el desarrollo económico de los países depende en gran parte del desarrollo de sus actividades económicas. Pretender paralizarlas significaría estancarnos en el tiempo y no seguir el rumbo de la globalización, la solución no está en prohibirlas, sino mas bien en controlarlas, ponerles límites y sobre todo tomar precauciones y previsiones para los daños que puedan ocasionar, para cuando el derecho de algunos (empresarios mineros) lesione el derecho de los demás (las personas que tenemos el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado). Las reglas de juego están muy claras: el libre ejercicio de nuestros derechos no debe ir en perjuicio del derecho de los demás. Ahora bien, ¿qué debe hacer el Estado cuando se vulneran los derechos de algunos, cuándo existe un daño y este debe ser reparado?
El artículo primero de nuestra Constitución prescribe que “la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado”. De este postulado se desprende el deber constitucional del Estado peruano de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de sus ciudadanos y, por lo tanto debe salvaguardar que ninguna forma de inversión privada genere el deterioro de las condiciones de vida de los mismos. Esto no se ha producido en Cajamarca y en múltiples oportunidades, el Estado, lejos de promover un clima de mutuo respeto y diálogo entre Minera Yanacocha y los campesinos, ha generado en estos últimos la percepción de que su prioridad es el respaldo a la inversión minera.
Ante esta situación, ¿qué política debe adoptar el Estado peruano para reparar o mitigar el daño producido al medio ambiente? Debemos tener en cuenta que la reparación del daño ambiental ha de ser lo más pronta posible para que sea efectiva. Sabemos que el sistema de justicia nacional a través del Poder Judicial es lento y hay que esperar un largo proceso para recién obtener una indemnización o reparación por el daño producido.
Parece claro que los tribunales de justicia nacionales al parecer aún no encuentran culpabilidad en la gestión de la minas, o al menos ese el mensaje que se muestra ante la colectividad; pues muy poco o casi nada se ha hecho judicialmente para hacer frente a este flagelo; no habría entonces posibilidad de que los afectados directa (pobladores campesinos que sufrieron en carne propia los estragos de la contaminación) e indirectamente ( todos los habitantes de nuestro territorio), sean indemnizados por los daños irrogados. El Estado o, lo que es lo mismo, una vez más, la sociedad en su conjunto, se hacen cargo de manera subsidiaria de la compensación de los daños..
4.- Trasladar o no trasladar: cuando el costo no se asume, sólo se traslada
La propia modernidad es aquella que nos ofrece los instrumentos y medios necesarios para recuperar lo que se ha perdido y para conservar lo que aún tenemos; para lograr el tan anhelado equilibrio ecológico, el cual debe alcanzarse obligando a la modernidad a respetar sus propias reglas de juego. Es necesario que el mercado funcione auténticamente, sin distorsiones, esto es, tomando también en cuenta todos los costos, incluyendo los ecológicos.
En este sentido, hay recientemente valiosos esfuerzos conceptuales. La teoría económica de los últimos años ha puesto e! acento en eso que denomina«externalidades». Un ejemplo puede aclarar este importante concepto: una mina que arroja relaves tóxicos al río, sólo por no adoptar un procedimiento costoso de reconversión, está en realidad trasladando el costo de tal dispositivo a todos los que viven río abajo y al Estado, que representa al conjunto de los habitantes. El Estado, al recibir el agua en la atarjea, tendrá que gastar en reducir el contenido de minerales a fin de que el agua pueda tener uso doméstico; y los habitantes de las poblaciones aguas abajo tendrán a su vez gastos de curación de enfermedades estomacales y de otro tipo, que no los habrían gravado si la mina no arrojara sus relaves sin tratar al río. Por tanto, los costos derivados de los relaves no han desaparecido, sino que simplemente han sido trasladados. Esto se llama «externalidad», porque la mina no toma en cuenta el gasto de repotabilización para calcular sus costos de producción, sino que desplaza el precio del costoso procedimiento de eliminación del relave hacia el Estado y los habitantes afectados, quienes se ven obligados a asumir indirectamente a través de los gastos que tienen que realizar en materia de purificación del agua y de curaciones médicas: el costo sigue presente, sólo se ha sido transformado y desplazado. Ése era propiamente un costo de producción de la mina; pero, al no tomarlo en cuenta y trasladarlo a otras personas, esa mina está haciendo utilidades sobre la base de que otros paguen por sus costos sin ninguna justificación, lo que es casi como robar al vecino.[11]
A veces se trata de decir que esa producción minera que oculta costos es, sin embargo, beneficiosa para el país porque aumenta las exportaciones. Pero ése es un razonamiento que afecta las reglas de juego del libre mercado y distorsiona las contabilidades: es beneficiosa si no se toman en cuenta los enormes costos que esa contaminación representa al país, y a los que tarde o temprano hay que hacerles frente. El gasto nacional -tanto de dinero como de esfuerzo humano- en actividades improductivas, esto es, en la curación de las enfermedades, la repotabilización de las aguas y otros similares, es un costo que va a cuenta, de los dólares que recibimos con las importaciones. Esto se traduce en que los daños originados por los productores de minerales son trasladados pero no a quienes están en las mejores condiciones como para afrontarlos, es decir los pobladores. Pero a nuestro criterio el problema no está en la transferencia de los costos del daño, sino: a quién se les transfiere. ¡Eh ahí el meollo del asunto!
Es entonces cuando es oportuno traer a colación la posibilidad de un seguro ambiental – o seguro ecológico- como se le denomina en la hermana república de Colombia[12].
Cuando estamos ante el riesgo de producirse un daño de cualquier naturaleza, contamos con tres alternativas: la primera, soportar las consecuencias (sociales, económicas, legales, etc.) que se originen de éste; la segunda; ahorrar para poder hacer frente lógicamente a la reparación del mismo; y la tercera, transferir los costos del daño a quienes estén en la mejor aptitud para soportarlos. Esto ultimo, quizá sea lo mas factible, pues a veces, a pesar de que otro nos causó el daño, en ocasiones de manera negligente o incluso intencional, no hemos encontrado el mecanismo para que el causante nos indemnice efectivamente; esto, porque nuestro sistema de responsabilidad civil se considera responsable, según lo dispuesto por los Artículos 1969 y 1970 del Código Civil, a “aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro (…)” o “Aquel que mediante un bien riesgoso o peligroso, o por el ejercicio de una actividad riesgosa o peligrosa causa un daño a otro (…)”. Es en éste último supuesto en el cual está considerada la responsabilidad civil por daño ambiental, el mismo que contempla un sistema de responsabilidad civil objetiva.
Pero, ¿es esto suficiente para solucionar el problema?; en términos judiciales trasladar el costo del daño genera además un costo adicional. Se requiere de un sistema administrativo, normalmente de un aparato judicial, para atribuir responsabilidad al causante, esto es, contratar abogados, mantener un sistema de jueces, actuar pruebas, perder tiempo, trabar embargos e incurrir en muchos gastos y costos adicionales para lograr al final que el costo del daño se transfiera de la víctima a su responsable. Ahora bien, ¿existe una razón para trasladar el costo del daño?, la respuesta es afirmativa. CALABRESI llama a esto la reducción de costos primarios, es decir, aquellos que precisamente se derivan de manera inmediata de la actividad dañosa.[13] Bajo la óptica del análisis económico del derecho, el costo de los daños ocurridos no puede ser eliminado, sino solamente trasladado; pero a veces ese traslado generará incentivos para que en el futuro la actividad dañosa disminuya y así se minimice la pérdida social; por ejemplo, si manejo mi auto a exceso de velocidad, atropello a alguien y luego de determinar mi responsabilidad en un proceso judicial, me obligan a pagar los daños; Carlos, amigo mío, pensará dos veces antes de violar el límite de velocidad.
Una segunda razón para incurrir en los costos de trasladar el daño es porque aquel a quien se le traslada está en mejor aptitud para absorberlos. Esto puede ser porque se hace responsable a alguien que puede distribuir el costo del daño entre varios sujetos. Tal es la lógica de la teoría de la Distribución Social del Riesgo, defendida en nuestro país por el Dr. Fernando De Trazegnies. Así, la sociedad sufre menos si 1000 sujetos pagan un sol cada uno, a que si un solo un sujeto se ve obligado a asumir un costo de S/ 1000. Lo más propicio para el mencionado autor es un sistema de seguros obligatorios que logre distribuir el costo de los daños entre todos los asegurados
5.- Uno para todos y todos para uno: ¿por qué es necesario un seguro ambiental?
La tendencia general actual es la de imponer a las industrias que plantean riesgos especiales, un seguro por daño ambiental que sirva para responder por los efectos contaminantes que sus actividades puedan producir. Sin embargo, no podemos obviar que las soluciones preventivas, en muchos supuestos, son difíciles de determinar por el “estado actual de la técnica” (los riesgos del desarrollo son desconocidos en el estado de conocimientos científicos y técnicos (”state of art”) del momento en el que un producto es fabricado o puesto a la venta) y, por otra parte, la evaluación de los daños es, en ocasiones, enormemente compleja.
En el Perú, a pesar de la que la institución del seguro no es de reciente data, ha alcanzado un corto desarrollo en comparación con otros países, no obstante haber nacido con una finalidad indemnizatoria y preventiva frente a los eventuales daños irrogados tanto en los bienes, derechos e incluso sobre los seres humanos. Nuestra realidad jurídico-aseguradora ha experimentado una serie de modificaciones que han hecho posible la difusión de una gama de seguros para “coberturar” eventuales riesgos. Es así que, desde la dación del Código de Comercio de 1902, que es el referente vigente más próximo en materia aseguradora, se han venido creando distintos tipos de seguros que cubren intereses de distinta naturaleza, preferentemente patrimonial.
Ejemplo de ello, es que el Estado con la finalidad de hacer frente a los daños producidos por accidentes de tránsito; los que durante la década de 1980 a 1990 registraron un número de muertes incluso mayor, que el número dejado por el terrorismo en esas épocas, hecho sorprendente y poco creíble, pero que denota el grave problema por el que atravesaba nuestro país. Lo sucedido trajo como consecuencia el establecimiento de un seguro obligatorio por accidentes de tránsito. En el mismo sentido, la Unión Europea ha establecido un modelo en el que se apuesta claramente por una política en la que la asunción de riesgos por los daños derivados de una actividad intrínsecamente peligrosa corresponda a los responsables de la misma y no a la víctima o, en último término, al conjunto de la sociedad.
En las últimas décadas la actividad aseguradora ha alcanzado un desarrollo considerable, no sólo para la protección de nuestro patrimonio, sino también para la protección de bienes jurídicos de primer nivel como la propia vida. Desde la década de los 90 en el Perú la institución ha crecido pero de acuerdo al impulso que sus propios actores, llámense autoridades gubernamentales o gremiales (por parte de las aseguradoras), los corredores de seguros y ajustadores le dieron. Quizá en un primer momento se consideró etiquetado para una clase A o B de nuestra economía, y ello debido a que las personas que hasta hace poco más de una década aproximadamente que “consumían seguros” eran únicamente las de mayor capacidad adquisitiva, pues eran las que contaban con bienes de valor considerable (en términos pecuniarios) y estaban en capacidad de asumir el costo de una prima – la mayoría de veces de periodicidad mensual – con el fin de ” prevenir” los posibles riesgos a los que estaban sometidos sus patrimonios, claro está, individuales.
Pues “es lógico” que si un potencial tomador del seguro ( elemento personal de todo contrato de seguro, el mismo que es quien lo contrata), destinara mensualmente parte de su ingreso al pago de una prima a una determinada empresa aseguradora (también elemento personal de todo contrato de seguro), exigirá también la cobertura de un riesgo sobre su propio interés asegurable (elemento material) que no es otra cosa que aquella especial situación del asegurado respecto de un determinado bien que le hace susceptible de sufrir daño al producirse el evento, es decir aquella relación económica susceptible de valoración pecuniaria que un sujeto tenga sobre un determinado bien (seguro contra robo de vehículo automotor), derecho (seguro de crédito) o patrimonio (seguro de responsabilidad civil).
Ahora, cabe la interrogante ¿nuestro medio ambiente escapa a esta categoría? es decir, acaso no es considerado como un bien, un derecho o un patrimonio susceptible de valoración pecuniaria que constituye un interés asegurable. Pues bien, al ser el medio ambiente de titularidad colectiva; considero que encaja perfectamente en esta categoría. Precisamente por esto, es necesario el establecimiento de un seguro ambiental obligatorio en el Perú para las empresas mineras. Así, no se tendría que esperar años para obtener, después de un tedioso proceso judicial, una indemnización que muchas veces sería completamente inoportuna. El seguro ofrece una solución pronta al problema de la indemnización ya que de sólo verificarse la producción del daño el seguro opera inmediatamente.
Por todo ello, es de suma importancia que se analice la posibilidad de legislar un seguro ambiental obligatorio, así como su correspondiente regulación para de esta manera dar una solución factible y efectiva para hacer frente al problema de la reparación por daño ambiental producido por las empresas que desarrollan actividad productiva minera en el Perú.
[1] UNMSM. <http://sisbib.unmsm.edu.pe/bvmedioambiente/Dia_tierra/default.htm>10-01-2007. Hrs. 08:15.
[2] MINISTERIO DE AGRICULTURA, INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES-INRENA. Estrategia Nacional para la conservación de humedales del Perú. < http://www.ramsar.org/wurc/wurc_policy_peru.htm>. 05-01-2007, 14:38
[3] INRENA. 2005. El medio ambiente al servicio del medio ambiente. Boletín de noticias Nº 586. http://www.inrena.gob.pe/comunicaciones/boletin/bn0507/bn050721.pdf 22-01-2007, 23:46.
[4] BUENA SALUD. <http://www.buenasalud.com/tierra/> Día mundial de la tierra. 05-01-2007, 15:00.
[5] BARÓN, JORGE ALVAREZ VON MAACK. ¿Cuál es la situación de la ecología y el medio ambiente en el Perú. <http://salud.ecoportal.net/content/view/full/21190> 12-12-2007. 23:54.
[6] DE TRAZEGNIES GRANDA, Fernando. Al Borde del Abismo. En Derecho y Ambiente. Aproximaciones y tentativas. Lima. Edit. IDEA – PUCP, 1997. Perú. p. 174
[7] IBIDEM. p. 176
[8] IBIDEM p. 186.
[9] SALAS RODRIGUEZ, Iván. Quilish Hora Cero: Cajamarca, la lucha de un pueblo que defiende su vida y dignidad. http://www.voltairenet.org/article138012.html. 17-01-2007. 16:32.
[10] IBIDEM.
[11] IBIDEM, p. 189
[12] Ley de Seguro Ecológico de Colombia, Ley 491 de 1999 que establece el Seguro Ecológico. Promulgada el 13 de enero de 1999.
[13] BULLARD GONZALEZ, Alfredo “Derecho y Economía – El Análisis Económico de las Instituciones Legales”. Segunda Edición Julio del 2006. Edit. Palestra Lima- Perú. p.713.


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